Fideicomiso para el Desarrollo Comercial Ignacio Zaragoza

Artículo 67 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas.


Conforme al artículo 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas, además de lo señalado en el artículo 67 los Fideicomisos deberá transparentar:

I. Nombre del servidor público y de la persona física o moral que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario;

II. Unidad administrativa responsable del fideicomiso;

III. Monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban;

IV. Saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables;

4to Trimestre 3er Trimestre 2do Trimestre 1er Trimestre
     2020 2020
2019  2019 2019 2019

V. Modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;

4to Trimestre 3er Trimestre 2do Trimestre 1er Trimestre
     2020 2020
2019 2019  2019 2019
2018 2018  2018 2018
2017 2017  2017 2017
2016 2016 2016 2016
2015 2015 2015

VI. El padrón de beneficiarios, en su caso;

VII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto;

VIII. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.

Sugerir Edición Ultima actualización de esta página: 04/08/2020 10:12 am
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