Artículo 81 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas. IMEPLAN
I. Para determinar la información adicional que publicarán los sujetos obligados, el Organismo garante solicitará a los sujetos obligados que, atendiendo a los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional, remitan el listado de información que consideren de interés público, a efecto de determinar el catálogo de información que los citados sujetos obligados deberán publicar como obligaciones de transparencia, en razón de las atribuciones que ejerce.
II. Adicionalmente a la información contenida en los Capítulos I, II y III del presente Título, los entes públicos deberán informar, difundir y actualizar de oficio en su página de Internet la siguiente información:
4° Trimestre | 3° Trimestre | 2° Trimestre | 1° Trimestre | |
I. Las normas que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable; | 2017 | 2017 | 2017 | 2017 |
4° Trimestre | 3° Trimestre | 2° Trimestre | 1° Trimestre | |
II. Los enlaces electrónicos que permitan acceder a la información financiera de todos los entes públicos que conforman el ámbito de gobierno que corresponda, así como a los órganos o instancias de transparencia competentes; | 2017 | 2017 | 2017 | 2017 |
Ejercicio | |
III. Las iniciativas de ley de ingresos, el proyecto de presupuesto de egresos; | 2017 |
IV. Los calendarios de ingresos, así como los calendarios de presupuesto de egresos con base mensual, en los formatos y plazos que determine el Consejo; y | 2017 |
V. El programa anual de evaluaciones, así como las metodologías e indicadores de desempeño. | 2017 |
III. Lo anterior sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que en materia de difusión de la información financiera, presupuestal y de Evaluación del Desempeño se establecen en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en la Ley de Gasto Público y demás disposiciones aplicables.
Ultima actualización de esta página: 14/11/2018 9:17 am